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¿Qué es?
Es un tributo que tiene por finalidad gravar los bienes (jurídicamente llamados “asignaciones”) que recibirán los herederos o legatarios por concepto de la herencia que han aceptado.
¿Quién debe pagarlo?
Deberá pagarlo cada heredero o legatario por la asignación que recibirá del patrimonio del difunto.
¿A cuánto asciende?
El impuesto a la herencia es progresivo, por lo que el porcentaje a pagar dependerá del monto de la asignación que recibirá. Por cada tramo existe una tasa que va aumentando a medida que lo hace la base imponible(asignación).
Lo anterior se aprecia de mejor manera en la siguiente tabla:
DESDE | HASTA | TASA | DEDUCCIÓN FIJA |
0, 1 UTM | 960 UTM | 1% | de 0 UTM |
960,01 UTM | 1920 UTM | 2,5% | 14,4 UTM |
1920,01 UTM | 3840 UTM | 5% | 62,4 UTM |
3840,01 UTM | 5760 UTM | 7,5% | 158,4 UTM |
5760,01 UTM | 7680 UTM | 10% | 302,4 UTM |
7680,01 UTM | 9600 UTM | 15% | 686,4 UTM |
9600,01 UTM | 14440 UTM | 20% | 1166,4 UTM |
14440,01 UTM | Y MAS | 25% | 1886,4 UTM |
La ley 16.271 en su artículo segundo establece un tramo exento para los parientes en los siguientes términos: “Las asignaciones por causa de muerte que correspondan al cónyuge y a cada ascendiente, o adoptante, o a cada hijo, o adoptado, o a la descendencia de ellos, estarán exentas de este impuesto en la parte que no exceda de cincuenta unidades tributarias anuales”.
Además debemos considerar que también establece un recargo del 20%, en caso que el asignatario tenga con el causante un parentesco colateral de segundo, tercero o cuarto grado, y de un 40% si el parentesco es más lejano o no existe parentesco alguno.
Es decir, a medida que nos acerquemos en el parentesco el impuesto a pagar será menor, en cambio, los parientes lejanos o quienes no comparten parentesco alguno deberán pagar una suma considerablemente mayor.
Si quieres simular cuanto impuesto debes pagar, descarga esta tabla y rellena los datos que te solicita.
¿Cuándo se debe pagar?
El impuesto a la herencia debe pagarse luego de presentar el formulario de posesión efectiva en el Registro Civil, o bien, tratándose de una sucesión testada, durante la tramitación de su solicitud en los tribunales de justicia.
¿Dónde se paga?
El Impuesto a la herencia debe declararse y pagarse en el Servicio de Impuestos Internos.
¿Existe un plazo para pagarlo?
El plazo para pagarlo es de dos años a contar desde que es deferida la herencia. (la herencia es deferida en el momento en que la ley llama a los herederos a aceptar o repudiar la herencia, en la mayoría de los casos es una vez que se produce el fallecimiento del difunto).
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