Sin testamento
Si el abuelo o abuela no redacto su testamento, los nietos solo podrán suceder a su abuelo o abuela si sus padres no están considerados en la sucesión, ya sea porque han fallecido con anterioridad, la ley los ha excluido por alguna causal o han rechazado voluntariamente la herencia. Si los padres están llamados a suceder y aceptan la herencia, los nietos no tendrán ningún derecho sobre ella.
Con testamento
Si el abuelo o abuela ha redactado su testamento, contará con la cuarta de mejoras y la cuarta de libre disposición para beneficiar a sus nietos, lo que les asegurara al menos la mitad de sus bienes.

Si quieres redactar tu testamento con nosotros, agenda tu hora en Contacto.